LA AUDIENCIA NACIONAL TUMBA LAS RECLAMACIONES DE USO Y CCOO

LA AUDIENCIA NACIONAL TUMBA LAS RECLAMACIONES DE USO Y CCOO

por UGT admin

LA AUDIENCIA NACIONAL (AN) DETERMINA LA ABSOLUTA LEGALIDAD DE LA MESA DE MAYO, LA EXISTENCIA DE UN GRUPO MERCANTIL CON LAS 13 EMPRESAS VINCULADAS Y LA APLICACIÓN DEL ART.87 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES (ET) QUE FIJA EL CRITERIO DEL 10% COMO EL MÍNIMO LEGAL PARA FORMAR PARTE DE CUALQUIER NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL ÁMBITO DE DICHO GRUPO, POR LO QUE EL CONVENIO COLECTIVO NO PUEDE NEGOCIARSE POR EMPRESA, SINO A NIVEL GRUPO.

VER SENTENCIA

Rechaza, por tanto, con meridiana claridad y en todos sus términos la demanda de USO, con la adhesión de CCOO, y por unanimidad de todos los magistrados, dejando al descubierto las absolutas falacias y mentiras que estos sindicatos han vertido sobre UGT desde el pasado mes de mayo sin descanso, 9 meses, un parto, con descalificaciones impropias de supuestos representantes sindicales a nuestra organización por el mero hecho de decir que había que cumplir la ley, no íbamos contra nadie, sólo queríamos que se cumplieran las normas.

UGT sólo aplicó criterios jurídicos en sus decisiones, lo que hacemos siempre, y aún así no quisimos adelantar acontecimientos y fuimos respetuosos con los tiempos judiciales. Nuestros abogados nos decían claramente como iba a acabar este, juicio porque las sentencias de la AN y del Tribunal Supremo (TS), a las que hace referencia esta propia sentencia, eran conocidas por todos, también por CCOO y USO. Sólo ellos saben por qué han llegado a este extremo, pero sobre todo… ¿por qué nos han atacado de esa manera injustificada?

El derecho legítimo a recurrir a las instancias judiciales no les da derecho a atacar a quienes considerábamos, de manera absolutamente fundada con criterios jurídicos, que las cosas se habían hecho conforme a derecho. Atacar a quien no opina igual es propio de regímenes totalitarios… pero veamos la sentencia, que hablen los jueces.

Todo empezó con la solicitud de mediación de USO en el SIMA (mes de julio) por entender que la mesa de mayo (2 meses antes) propuesta por la empresa y firmada por CCOO, FETICO y UGT era ilegal por dejarles fuera. Al acabar la mediación en desacuerdo, decidieron, 3 meses después, denunciar a las partes ante la Audiencia Nacional (AN), celebrándose el juicio el 26 de noviembre, cuya sentencia se ha conocido esta semana.

Pero en esa denuncia en la AN incorporaban, junto a CCOO, otro elemento: la no existencia de Grupo de ningún tipo, por considerar que no éramos, ni somos, Grupo laboral, ni mercantil… que somos empresas independientes, fiándolo todo al informe de la Inspección de Trabajo (IT), que ha desmontado la AN, que decía que no existía en MASORANGE ningún tipo de Grupo.

En cambio, la fiscalía no lo ponía en duda, sólo planteaba que a USO se le perjudicaba y que para no hacerlo solicitaba que se atendiera su petición, sin mayor aporte jurídico que ese.

Pues bien, la Audiencia Nacional (AN) ha sido cristalina y demoledora en todas estas cuestiones, y empieza analizando el ámbito de negociación para determinar qué sindicatos deben estar en esa mesa, dejando clara su posición sobre el informe de la Inspección de Trabajo (IT):

  • La AN determina que no hay duda de que somos un Grupo mercantil, y no va más allá porque otra sala de la AN decidirá, a partir del juicio del próximo jueves 27 de febrero, si somos un Grupo laboral, diciendo expresamente que no debe influir su resolución en dicho juicio, aunque tiran por tierra la parte del informe de la IT en este asunto indicando que: “en virtud de los hechos acreditados, siendo conocedora esta Sala y disintiendo del parecer emitido por la Inspección de Trabajo en relación con un ulterior despido colectivo efectuado por MASORANGE respecto a las mismas empresas afectadas por el proceso de negociación aquí impugnado, debemos concluir que estamos ante una sociedad mercantil y no ante una joint venture configurada a través de un acuerdo o contrato, lo que supondría descartar la primera objeción para no aplicar las reglas de legitimación del artículo 87 del ET como sostiene el sindicato demandante
  • Y una vez que deja claro que somos un Grupo, abordan la cuestión de la representatividad: “debemos concluir que estamos en presencia de un grupo mercantil […] y aplicar las reglas del artículo 87 del ET […] resultan legitimados para negociar, entre otros, “los sindicatos que cuenten con un mínimo del diez por ciento de los miembros de los comités de empresa o delegados de personal en el ámbito geográfico y funcional al que se refiera el convenio” “la previsión legal referida al grupo mercantil debe extenderse por analogía al supuesto aquí enjuiciado. […] previsión legal, por cierto, que ha sido avalada por nuestro Tribunal Supremo, en la STS de 7 de marzo de 2024 (Rec. 83/2022).
  • Y concluye: “en ninguno de los supuestos el sindicato demandante alcanzaría el mínimo requerido del 10% para integrar la comisión negociadora. Si ello es así, difícilmente se puede imputar a las empresas demandadas y a los sindicatos que se oponen a la demanda una finalidad torticera encaminada a impedir a USO poder negociar, puesto que en ninguno de los escenarios que son posibles y que hemos descrito tendría derecho a estar en el proceso negociador.” “En consideración a todo lo expuesto esta Sala debe concluir que el criterio de ostentar el 10% de la representación utilizado para la composición del banco social en el proceso de diálogo y negociación entablado en el entorno del grupo MASORANGE es ajustado a Derecho y no lesiona la libertad sindical de USO.” Es decir: UGT NUNCA FUE CONTRA USO, Y QUEDA DEMOSTRADO.

La claridad de la sentencia no deja lugar a dudas:

  • Pide la sala que ha sentenciado este juicio que la confirmación y acreditación de que somos un Grupo mercantil con empresas vinculadas no influya en el juicio del ERE sobre el Grupo laboral, y que esa otra sala tenga la independencia para sacar sus propias conclusiones.
  • Y eso a pesar de que el 17 de mayo CCOO, UGT y USO firmamos un comunicado que sacamos en nuestras comunicaciones de ese día. En ese comunicado propuesto como borrador por CCOO, y confirmado por UGT y USO, dicho sindicato encabezaba el “título” del mismo pidiendo “INFORMACIÓN SOBRE GRUPO LABORAL DE EMPRESAS DE MÁSORANGE” (VER), y todos estuvimos de acuerdo. Sorprende que nieguen que exista un Grupo laboral durante estos meses cuando en esa fecha preguntábamos por él TODOS.
  • Desautoriza la sala el criterio de la Fiscalía de no aplicar el art87 del ET, porque no se trata de decidir lo que a un sindicato le sea más beneficioso, sino de aplicar las leyes independientemente de que eso beneficie o perjudique a alguien. Las leyes deben cumplirse, por eso no es de recibo que CCOO y USO quisieran saltarse las leyes, y acusaran a UGT de romper la unidad sindical por querer cumplir las leyes… ¿¿ESTAMOS LOCOS??
  • Desautoriza la sala el informe de la Inspección de Trabajo (IT), cuando este organismo niega la existencia de cualquier tipo de Grupo en nuestra empresa, y dice que es evidente que somos un Grupo mercantil de empresas vinculadas.
  • Dice la sala de manera clarísima que el ámbito de la mesa de esas 13 empresas es rigurosamente adecuado, que incluso se debatió las empresas que debían estar (13 finalmente) y eso fue firmado por la empresa, CCOO, FETICO y UGT .
  • Dice la sala de manera igualmente clara, que el criterio que debe regir la conformación de esa mesa es el del 10% de representación mínima de los sindicatos con presencia en esas empresas, y que eso es lo ajustado a derecho: UGT NO FUE CONTRA USO.
  • Es decir, lo ajustado a derecho, lo legal, es que somos cuando menos un Grupo mercantil de empresas vinculadas donde cualquier negociación en ese ámbito de 13 empresas debe regirse por el 87 del ET. Y cualquier otro planteamiento NO es ajustado a derecho, es decir, ES ILEGAL. ESTO OBLIGA A NEGOCIAR CONVENIO DE GRUPO. No es cuestión del parecer de cada uno, o de lo que dice cada sindicato, la ley y la sentencia obligan a negociar el convenio de Grupo y no por empresa. Podemos afrontar la realidad o “hacer el avestruz”, pero la realidad se impone y hay que afrontarla de cara.

Quienes han planteado otras soluciones, lo que en realidad planteaban era incumplir las leyes… y lo sabían. Nadie ha echado a nadie, lo que planteaban era incumplir la ley para poder tener una silla. Y se han escudado desde octubre en que la Inspección de Trabajo negaba dicho Grupo y que la Fiscalía pedía que no se dejara fuera a USO… y todo eso lo han tumbado los jueces.

Estamos viviendo unos tiempos complicados, donde los bulos y los fakes campan a sus anchas, calan en la sociedad, y luego nadie restituye a los damnificados por esas mentiras y campañas de difamación. Pero llegar al punto de obligar a otros, a UGT, a caer en ese juego de saltarse las leyes porque, si no, se nos acusa de romper la unidad sindical … es el colmo.

¿Os parece trivial que alguien, en función de sus intereses, se salte las leyes o nos obligue a ello?

En esos comunicados de estos sindicatos, por aquellas fechas de mayo y junio pasado, se exigía a UGT una rectificación pública, simplemente por defender que se cumpliera la ley. Se nos dedicaban descalificativos como embusteros patológicos, mentirosos, maquiavélicos, barriobajeros, inmorales, traidores, gente sin principios, que decíamos falsedades, que destruíamos la unidad sindical, que teníamos ansias desmedidas por apropiarnos antidemocráticamente de lo que correspondía por ley a USO, que birlábamos un puesto a USO por nuestro apetito de sillón, de ser el sindicato amigo de la dirección poniendo nuestras siglas tachando la “T”, acusándonos de firmar recortes a la plantilla, de meter miedo… y nos amenazaban con que seríamos los responsables de las consecuencias.

¿Exageramos? ¿No lo recordáis ya? Pues para quien quiera hacer memoria, y tenga unos minutos, podéis rescatar las comunicaciones sindicales de mayo a julio de 2024.