UGT Orange -
Mar
8

DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER TRABAJADORA

Como cada año, UGT elabora su informe de la mujer en el ámbito laboral, donde apreciamos que las políticas de igualdad puestas en marcha en los últimos años, así como las reformas legales y el aumento del SMI, entre otras medidas fruto del Diálogo Social, están contribuyendo a luchar en mayor medida contra la desigualdad de género en el mundo laboral de nuestro país.

Sin embargo, el informe puntualiza que, pese a ello, los avances son demasiado lentos e incluso en ocasiones se experimentan pequeños retrocesos, manteniéndose aún unas brechas de género muy elevadas. La situación en MASORANGE es claramente mejorable y seguimos trabajando para avanzar.

Feb
28

JUICIO DEL ERE MASORANGE EN LA AUDIENCIA NACIONAL

Ayer jueves se celebró el juicio del ERE en la AN, durante más de 5 horas, y queda visto para sentencia. Serán los jueces quienes digan si hay Grupo Laboral y si se acreditan las causas económicas, productivas y organizativas del ERE. Vamos a trasladaros las cuestiones principales planteadas por cada parte tras los principales titulares:

  • CCOO no ve problema en negociar un único convenio de grupo, pero quiere modificar las empresas para ser mayoría en la mesa. Hasta ahora decían que se tenía que negociar en una empresa y eso heredarlo el resto.
  • Los magistrados de la AN, el fiscal y la empresa indican que no se puede dudar de la existencia del Grupo Laboral (GL) ni de las causas económicas, organizativas y productivas del ERE (las CAUSAS).
  • Los magistrados preguntan a las letradas de USO y CCOO si de verdad creen que con la nulidad van a mejorar las condiciones del ERE, ya que cada vez que han sentenciado en ese sentido y las CAUSAS están acreditadas… las empresas aplican el mínimo legal de 20 días con tope de 12 mensualidades, y la empresa se está ratificando en ello.
  • Los magistrados y el fiscal certifican que la nulidad implica el retorno y la restitución de cantidades, no cabe ni negociación ni otras posibilidades (como algunos creen o quieren hacer creer) … deben retornar y devolver todo. Lo cual es ratificado por la empresa.
  • USO sigue defendiendo su negativa al GL y a las CAUSAS del ERE, y CCOO defiende la no existencia del GL, pero… pide que se incluyan otras empresas, firma la mesa del ERE, dicen querer negociar un convenio de Grupo, etcétera.
  • La empresa se ratifica en el GL, en las CAUSAS y en que la nulidad implica, como dice la AN y el fiscal, aplicar el ERE (o los EREs) en condiciones de 20 días con tope de 12 mensualidades, lo que no sólo reduce al mínimo las indemnizaciones si no que serían forzosos, sin prejubilaciones, etc…

 

PREVIO DE LOS JUECES.

Los magistrados (3) de la sala trasladan a los demandantes (USO y CCOO) si han pensado en las consecuencias de declarar la nulidad del ERE, puesto que muy pocas veces ven condiciones que superen el mínimo legal de 20 días por año con tope de 12 mensualidades, y se produce un ofrecimiento para estar en la Comisión de Seguimiento, garantías de empleo para quienes sigan en la empresa… pero lo rechazan.

Preguntan directamente a las letradas de USO y CCOO si consideran que conseguirían mejores condiciones en caso de repetir el ERE, porque ellos, a tenor de las pruebas presentadas y de otros juicios, no lo ven.

De hecho, los magistrados dejan claro que si es nulo las personas que han salido no pueden elegir o negociar su vuelta, tienen que retornar y devolver todo. Y que los EREs sin acuerdo se están traduciendo en esos 20 días por año, algo que ratifica la empresa.

 

INTERVENCIÓN DE USO.

Indican que al no reconocer el GL, consideran que la mesa del ERE no es correcta y debe anularse el ERE. Para reforzar su posición indican que la actividad de las tiendas es equiparable a la nuestra, y se apoyan en el informe de la Inspección de Trabajo (IT), que no reconoce la existencia de ningún tipo de Grupo.

También denuncian la mala fe porque no hay CAUSAS, aunque no mencionan en este punto el informe de la IT que sí acredita las mismas. Es decir, el informe les vale para la parte del GL, pero no para las CAUSAS. Como esto es algo que repiten todas las partes, decidirán los jueces.

 

INTERVENCIÓN DE CCOO.

Dicen que no hubo acuerdo del ERE (esto sorprende a todos) porque está basado sólo en la mayoría de la mesa de negociación, y no en la mayoría de las personas despedidas.

También denuncian el perímetro, las empresas, indicando que hay 4 teleoperadoras (ejemplo de Pepephone) que no están incluidas. Pero resulta que o no tienen trabajadores o son externas.

La letrada de CCOO llega a agradecer a UGT su intervención en mayo para constatar que la empresa Energía Colectiva no reunía los criterios para formar parte del Grupo, como apoyó con su firma CCOO, ya que eso hubiera permitido tener a FETICO más representantes. Añade en cambio, que deberían añadirse otras empresas al GL… pero ¿cómo, si dicen que no existe el GL?

Indican que la comunicación del Grupo Laboral fue sorpresiva, a pesar de haber pedido junto a USO y UGT, información del mismo en mayo pasado.

Se apoya en el informe de la IT para defender que no hay GL, pero ese mismo informe acredita las causas del ERE, y en ese punto discrepan.

Se queja la letrada de que en la negociación del ERE los comunicados de FETICO llegaban a Orange, pero igualmente los de CCOO llegaban a MásMóvil.

 

INTERVENCIÓN DE LA EMPRESA.

No ven sentido a la petición de CCOO de incluir más empresas en el GL, cuando dicen que no reconocen su existencia.

La empresa pide anular la demanda de CCOO por haber llegado fuera de plazo, a lo que la letrada de CCOO indica que lo envió erróneamente al organismo que no procedía, y que unos días después lo rectificó, fuera de plazo. Se da la circunstancia de que fue la misma persona que registró la jornada de huelga durante el ERE fuera de plazo y no pudimos hacer huelga.

La empresa indica que la cuestión del Grupo Mercantil (GM) está resuelta por la sentencia de la semana pasada, y que se trata de certificar que somos un GL de 13 empresas. Hacen referencia a sentencias de esa misma sala sobre la existencia en otras empresas de un GL dentro de un GM, y que el escrito de CCOO, USO y UGT de mayo pasado, pidiendo información sobre el GL, certifica que era conocido por los sindicatos.

Añaden otro elemento que refuerza la legalidad del GL y de la mesa del ERE, la petición de USO el 13 de septiembre de tener 1 puesto, pero les contestan que CCOO, FETICO y UGT han designado a los 13 representantes (el máximo legal), y les remiten a aclararlo con dichos sindicatos. No lo hicieron salvo que desconozcamos que pidieran a CCOO un puesto y se lo denegaran.

Para certificar la legalidad del acuerdo del ERE incluyen la prueba de que 3 de los 5 negociadores de CCOO, y de una asesora, se han apuntado al ERE en el periodo voluntario. Sería impensable que un sindicato considerara ilegal un acuerdo cuando lo validan con su adscripción.

Aclaran que CCOO se marchó el día de la firma porque dijo que no firmaría, y pidieron una copia del acuerdo, que recibió, y que si hubiera habido cambios en el acuerdo sin estar CCOO podría haber sido nulo. Esto retrata a FETICO cuando quiso modificar el acuerdo sin CCOO y UGT se negó si no les llamaban.

Finalizan apoyándose en sentencias de la propia AN de enero de 2025, o del Tribunal Supremo (TS) en varias sentencias de 2024, con especial mención a la del 13 mayo 19 sobre el GL, por lo que si el ERE fuera por empresa serían nulos.

 

INTERVENCIÓND E UGT.

El letrado de UGT no entiende que CCOO ataque la legitimidad de la mesa si la firmó y participó de todas las reuniones. Y, de haber considerado que era ilegítima, deberían haberlo hecho saber y no lo hicieron, simplemente indicaron que estaban estudiando la cuestión del GL. Alude a las sentencias de la AN y del TS de 13 de febrero de 2023, que indican que no es legítimo plantear cuestiones en juicio que no se alegaron en el periodo de consultas.

El GL existe porque se cumplen todos los criterios y elementos de la ley y la jurisprudencia, y sólo entiende, sin compartirla, la postura congruente de USO respecto a la mesa, pero no la de CCOO de firmarla si pensaban que era ilegítima. Y es que en la exposición de CCOO no parece haber tanto problema con el GL sino con las empresas incluidas, indicando que debería haber más.

Finaliza indicando que no entiende que CCOO se indigne si la empresa no difundía un comunicado suyo (como le pasó a UGT), y a la vez escriban que “algo se habrá llevado UGT por firmar”.

 

INTERVENCIÓN DE FETICO.

Indica su letrado que existe el GL, se ampara en la sentencia de la semana pasada y en que CCOO firmó todo… menos el acuerdo final.

 

PERITOS Y TESTIGOS.

La empresa presenta 2 peritos para que acrediten las causas del ERE y la existencia del GL.

USO quiere presentar testigos y la sala admite uno de ellos. Cuando declara lo hace sobre su despido de noviembre y el presidente de la sala despide al testigo ya que no se enjuicia el despido de esa persona si no el ERE hasta el cierre del periodo de consultas.

CCOO quiere presentar testigos y la sala admite 2 de ellos. Cuando el presidente pregunta por sus puestos indican que son delegados de CCOO de Euskaltel y Jazzplat, indicando el presidente que esos testigos de poco pueden valer ya que defenderán la posición de su sindicato sin más, y que la sala no podrá tenerlos en cuenta.

La empresa tenía previsto presentar 9 testigos, trabajadores de La Finca que tenían compañeros de otras empresas, jefes de otras empresas… para acreditar que somos un GL, pero decide renunciar a que testifiquen porque considera que es más que suficiente el desarrollo del juicio para que quede acreditado tanto el GL, como las causas del ERE.

 

FISCALÍA.

El fiscal, al igual que hizo en el juicio de la mesa de mayo, no duda de que somos un GL. Es más, dice en varias ocasiones que no se puede dudar, igual que es indudable la existencia de las causas económicas, organizativas y productivas del ERE.

Y plantea a todos los asistentes el grave perjuicio a las personas trabajadoras si se declara nulo, porque vistos juicios anteriores y la postura de la empresa… la nulidad implica el retorno obligatorio y no negociable de todas las personas (devolviendo cantidades, sin prejubilaciones…) y la ejecución del ERE (o EREs) con 20 días, algo que la empresa ha dicho hasta la saciedad.

Pide la nulidad del ERE porque considera que hay vulneración de la representatividad de USO, no considera que sea nulo por el GL ni por las causas económicas, productivas y organizativas.

 

Es decir, este juicio queda visto para sentencia, y los magistrados, la fiscalía y la empresa dejan claro que si fuera nulo:

  • Las personas que han salido deben reincorporarse devolviendo todo, no hay alternativa.
  • La empresa tendría todo acreditado para hacer un nuevo ERE en el Grupo (el que digan los jueces, con o sin USO… como determinen) o varios por empresa, con el mínimo legal.

 

Feb
21

LA AUDIENCIA NACIONAL TUMBA LAS RECLAMACIONES DE USO Y CCOO

LA AUDIENCIA NACIONAL (AN) DETERMINA LA ABSOLUTA LEGALIDAD DE LA MESA DE MAYO, LA EXISTENCIA DE UN GRUPO MERCANTIL CON LAS 13 EMPRESAS VINCULADAS Y LA APLICACIÓN DEL ART.87 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES (ET) QUE FIJA EL CRITERIO DEL 10% COMO EL MÍNIMO LEGAL PARA FORMAR PARTE DE CUALQUIER NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL ÁMBITO DE DICHO GRUPO, POR LO QUE EL CONVENIO COLECTIVO NO PUEDE NEGOCIARSE POR EMPRESA, SINO A NIVEL GRUPO.

VER SENTENCIA

Rechaza, por tanto, con meridiana claridad y en todos sus términos la demanda de USO, con la adhesión de CCOO, y por unanimidad de todos los magistrados, dejando al descubierto las absolutas falacias y mentiras que estos sindicatos han vertido sobre UGT desde el pasado mes de mayo sin descanso, 9 meses, un parto, con descalificaciones impropias de supuestos representantes sindicales a nuestra organización por el mero hecho de decir que había que cumplir la ley, no íbamos contra nadie, sólo queríamos que se cumplieran las normas.

UGT sólo aplicó criterios jurídicos en sus decisiones, lo que hacemos siempre, y aún así no quisimos adelantar acontecimientos y fuimos respetuosos con los tiempos judiciales. Nuestros abogados nos decían claramente como iba a acabar este, juicio porque las sentencias de la AN y del Tribunal Supremo (TS), a las que hace referencia esta propia sentencia, eran conocidas por todos, también por CCOO y USO. Sólo ellos saben por qué han llegado a este extremo, pero sobre todo… ¿por qué nos han atacado de esa manera injustificada?

El derecho legítimo a recurrir a las instancias judiciales no les da derecho a atacar a quienes considerábamos, de manera absolutamente fundada con criterios jurídicos, que las cosas se habían hecho conforme a derecho. Atacar a quien no opina igual es propio de regímenes totalitarios… pero veamos la sentencia, que hablen los jueces.

Todo empezó con la solicitud de mediación de USO en el SIMA (mes de julio) por entender que la mesa de mayo (2 meses antes) propuesta por la empresa y firmada por CCOO, FETICO y UGT era ilegal por dejarles fuera. Al acabar la mediación en desacuerdo, decidieron, 3 meses después, denunciar a las partes ante la Audiencia Nacional (AN), celebrándose el juicio el 26 de noviembre, cuya sentencia se ha conocido esta semana.

Pero en esa denuncia en la AN incorporaban, junto a CCOO, otro elemento: la no existencia de Grupo de ningún tipo, por considerar que no éramos, ni somos, Grupo laboral, ni mercantil… que somos empresas independientes, fiándolo todo al informe de la Inspección de Trabajo (IT), que ha desmontado la AN, que decía que no existía en MASORANGE ningún tipo de Grupo.

En cambio, la fiscalía no lo ponía en duda, sólo planteaba que a USO se le perjudicaba y que para no hacerlo solicitaba que se atendiera su petición, sin mayor aporte jurídico que ese.

Pues bien, la Audiencia Nacional (AN) ha sido cristalina y demoledora en todas estas cuestiones, y empieza analizando el ámbito de negociación para determinar qué sindicatos deben estar en esa mesa, dejando clara su posición sobre el informe de la Inspección de Trabajo (IT):

  • La AN determina que no hay duda de que somos un Grupo mercantil, y no va más allá porque otra sala de la AN decidirá, a partir del juicio del próximo jueves 27 de febrero, si somos un Grupo laboral, diciendo expresamente que no debe influir su resolución en dicho juicio, aunque tiran por tierra la parte del informe de la IT en este asunto indicando que: “en virtud de los hechos acreditados, siendo conocedora esta Sala y disintiendo del parecer emitido por la Inspección de Trabajo en relación con un ulterior despido colectivo efectuado por MASORANGE respecto a las mismas empresas afectadas por el proceso de negociación aquí impugnado, debemos concluir que estamos ante una sociedad mercantil y no ante una joint venture configurada a través de un acuerdo o contrato, lo que supondría descartar la primera objeción para no aplicar las reglas de legitimación del artículo 87 del ET como sostiene el sindicato demandante
  • Y una vez que deja claro que somos un Grupo, abordan la cuestión de la representatividad: “debemos concluir que estamos en presencia de un grupo mercantil […] y aplicar las reglas del artículo 87 del ET […] resultan legitimados para negociar, entre otros, “los sindicatos que cuenten con un mínimo del diez por ciento de los miembros de los comités de empresa o delegados de personal en el ámbito geográfico y funcional al que se refiera el convenio” “la previsión legal referida al grupo mercantil debe extenderse por analogía al supuesto aquí enjuiciado. […] previsión legal, por cierto, que ha sido avalada por nuestro Tribunal Supremo, en la STS de 7 de marzo de 2024 (Rec. 83/2022).
  • Y concluye: “en ninguno de los supuestos el sindicato demandante alcanzaría el mínimo requerido del 10% para integrar la comisión negociadora. Si ello es así, difícilmente se puede imputar a las empresas demandadas y a los sindicatos que se oponen a la demanda una finalidad torticera encaminada a impedir a USO poder negociar, puesto que en ninguno de los escenarios que son posibles y que hemos descrito tendría derecho a estar en el proceso negociador.” “En consideración a todo lo expuesto esta Sala debe concluir que el criterio de ostentar el 10% de la representación utilizado para la composición del banco social en el proceso de diálogo y negociación entablado en el entorno del grupo MASORANGE es ajustado a Derecho y no lesiona la libertad sindical de USO.” Es decir: UGT NUNCA FUE CONTRA USO, Y QUEDA DEMOSTRADO.

La claridad de la sentencia no deja lugar a dudas:

  • Pide la sala que ha sentenciado este juicio que la confirmación y acreditación de que somos un Grupo mercantil con empresas vinculadas no influya en el juicio del ERE sobre el Grupo laboral, y que esa otra sala tenga la independencia para sacar sus propias conclusiones.
  • Y eso a pesar de que el 17 de mayo CCOO, UGT y USO firmamos un comunicado que sacamos en nuestras comunicaciones de ese día. En ese comunicado propuesto como borrador por CCOO, y confirmado por UGT y USO, dicho sindicato encabezaba el “título” del mismo pidiendo “INFORMACIÓN SOBRE GRUPO LABORAL DE EMPRESAS DE MÁSORANGE” (VER), y todos estuvimos de acuerdo. Sorprende que nieguen que exista un Grupo laboral durante estos meses cuando en esa fecha preguntábamos por él TODOS.
  • Desautoriza la sala el criterio de la Fiscalía de no aplicar el art87 del ET, porque no se trata de decidir lo que a un sindicato le sea más beneficioso, sino de aplicar las leyes independientemente de que eso beneficie o perjudique a alguien. Las leyes deben cumplirse, por eso no es de recibo que CCOO y USO quisieran saltarse las leyes, y acusaran a UGT de romper la unidad sindical por querer cumplir las leyes… ¿¿ESTAMOS LOCOS??
  • Desautoriza la sala el informe de la Inspección de Trabajo (IT), cuando este organismo niega la existencia de cualquier tipo de Grupo en nuestra empresa, y dice que es evidente que somos un Grupo mercantil de empresas vinculadas.
  • Dice la sala de manera clarísima que el ámbito de la mesa de esas 13 empresas es rigurosamente adecuado, que incluso se debatió las empresas que debían estar (13 finalmente) y eso fue firmado por la empresa, CCOO, FETICO y UGT .
  • Dice la sala de manera igualmente clara, que el criterio que debe regir la conformación de esa mesa es el del 10% de representación mínima de los sindicatos con presencia en esas empresas, y que eso es lo ajustado a derecho: UGT NO FUE CONTRA USO.
  • Es decir, lo ajustado a derecho, lo legal, es que somos cuando menos un Grupo mercantil de empresas vinculadas donde cualquier negociación en ese ámbito de 13 empresas debe regirse por el 87 del ET. Y cualquier otro planteamiento NO es ajustado a derecho, es decir, ES ILEGAL. ESTO OBLIGA A NEGOCIAR CONVENIO DE GRUPO. No es cuestión del parecer de cada uno, o de lo que dice cada sindicato, la ley y la sentencia obligan a negociar el convenio de Grupo y no por empresa. Podemos afrontar la realidad o “hacer el avestruz”, pero la realidad se impone y hay que afrontarla de cara.

Quienes han planteado otras soluciones, lo que en realidad planteaban era incumplir las leyes… y lo sabían. Nadie ha echado a nadie, lo que planteaban era incumplir la ley para poder tener una silla. Y se han escudado desde octubre en que la Inspección de Trabajo negaba dicho Grupo y que la Fiscalía pedía que no se dejara fuera a USO… y todo eso lo han tumbado los jueces.

Estamos viviendo unos tiempos complicados, donde los bulos y los fakes campan a sus anchas, calan en la sociedad, y luego nadie restituye a los damnificados por esas mentiras y campañas de difamación. Pero llegar al punto de obligar a otros, a UGT, a caer en ese juego de saltarse las leyes porque, si no, se nos acusa de romper la unidad sindical … es el colmo.

¿Os parece trivial que alguien, en función de sus intereses, se salte las leyes o nos obligue a ello?

En esos comunicados de estos sindicatos, por aquellas fechas de mayo y junio pasado, se exigía a UGT una rectificación pública, simplemente por defender que se cumpliera la ley. Se nos dedicaban descalificativos como embusteros patológicos, mentirosos, maquiavélicos, barriobajeros, inmorales, traidores, gente sin principios, que decíamos falsedades, que destruíamos la unidad sindical, que teníamos ansias desmedidas por apropiarnos antidemocráticamente de lo que correspondía por ley a USO, que birlábamos un puesto a USO por nuestro apetito de sillón, de ser el sindicato amigo de la dirección poniendo nuestras siglas tachando la “T”, acusándonos de firmar recortes a la plantilla, de meter miedo… y nos amenazaban con que seríamos los responsables de las consecuencias.

¿Exageramos? ¿No lo recordáis ya? Pues para quien quiera hacer memoria, y tenga unos minutos, podéis rescatar las comunicaciones sindicales de mayo a julio de 2024.

Ene
20

CALENDARIO LABORAL 2025 OSP Y OSFI

Con la firma del último convenio colectivo, a cambio de otras mejoras, dejamos de disfrutar la intensiva de verano hasta mediados de septiembre.

Como ya os avanzábamos en el anterior comunicado, UGT sigue reivindicando recuperar la intensiva de 3 meses, y hemos propuesto a la empresa acordar para este año una intensiva del 16 de junio al 11 de septiembre con 5 días de libre disposición (3 adicionales a los 2 de convenio) ajustando la jornada en cómputo anual para adaptarnos a las actuales 1740 horas de convenio.

Por tanto, la propuesta de UGT que estamos valorando con la Dirección es:

  • Intensiva todos los viernes, y del 16 de junio hasta el 11 de septiembre, el último de jornada partida sería el 12 de junio y volveríamos a la jornada partida el 15 de septiembre.
  • 23 días de vacaciones.
  • 5 de libre disposición.
  • 2 festivos de empresa, 24 y 31 de diciembre.
  • 2 días adicionales por más de 20 años de antigüedad, o 1 por más de 10.
  • Con lo anterior tendríamos 32 días libres como máximo al año, y mínimo 30.
  • Además, los festivos nacionales, autonómicos y locales en cada territorio.
  • Ajuste horario necesario para respetar las 1740 horas anuales.

 

También hemos planteado alternativa para quienes, comenzando la jornada a las 7:30 y comiendo en 30 minutos, puedan finalizar antes de las 17h.

Por todo lo anterior, hemos pedido confirmación lo antes posible a nuestra propuesta para poder tener claro todos y todas el escenario en 2025 y planificar vacaciones, vida laboral y personal, etc…

Ene
17

REVISIÓN SALARIAL ORANGE Y OSFI

UGT se ha reunido esta misma semana con la empresa para tratar la revisión salarial de este año. Con el dato de IPC del 2,8% a cierre de 2024, que no ha sido confirmado hasta anteayer día 15, la revisión salarial de convenio en 2025 con datos rigurosos, sobre el salario real de cada uno, sería:

  • Salarios fijos hasta 32.644,36€: 3%
  • Salarios fijos de 32.644,36€ a 36.079,30€: 2,8%
  • Salarios fijos de 36.079,30€ a 42.092,52€: 2,8%
  • Salarios fijos de 42.092,52€ a fijo+variable de 56.688,76€: 1,25% si crece el EBITDA.
  • Salarios fijos superiores a 56.688,76€: 1% en un pago no consolidable si el objetivo de EBITDA se supera en un 18%.

 

Es la mínima revisión de convenio, la empresa puede aplicar revisiones adicionales a esta.

Pero en UGT consideramos que la revisión salarial anterior puede ser mejor que la que tenemos actualmente en convenio, y recuperar así muchas personas parte del poder adquisitivo perdido estos años. Por ello, les hemos instado a acordar una revisión salarial universal mejorada.

También les hemos instado a aplicar el pago del variable H2 en marzo y a reunirnos en la comisión de seguimiento para analizar los datos financieros y comerciales de 2024 una vez conocidos. Debemos ir a la notaría para contrastar los objetivos depositados en verano.

Por último, hemos solicitado que el bono disciplinario, el que ellos denominan “por especial desempeñosea abonado a toda la plantilla de manera universal en el mes de marzo o abril. Seguimos pensando que todos debemos ser perceptores de ese bono si se alcanzan los objetivos.

En paralelo a lo anterior, y en la mencionada reunión con la empresa, tal y como marca nuestro convenio colectivo, las tablas salariales y todos los conceptos económicos vinculados al IPC deben actualizarse de inmediato. Con esta actualización todos estos conceptos económicos quedarían así (incorporamos los principales):

TABLAS SALARIALES 2025*

  Salario Mínimo Salario Objetivo
GRUPO 0 32.644,36 € 47.858,82 €
GRUPO 1 31.062,27 € 45.879,56 €
GRUPO 2 26.675,62 € 39.401,13 €
GRUPO 3 22.001,71 € 32.478,58 €
GRUPO 4 21.002,90 € 31.023,15 €

*Quienes hayan quedado por debajo del salario mínimo de su grupo profesional con motivo de esta actualización, deben tener de manera inmediata una subida de su salario a ese mínimo.

 

INTERVENCIONES

Intervención semanal  Importe
h<4  102,07 €
≥4h<8h  175,55 €
≥8h<12h  251,76 €
≥12h<15h  381,06 €
>15h Horas 1:2

 

TRABAJOS PROGRAMADOS

Duración  Importe
h=<4  54,44 €
>4h=<6h  68,04 €
>6h  88,46 €

 

RELEASES

Duración Presencial Remoto
Laborable No laborable Laborable No laborable
h=<4  54,44 €  68,04 €  43,55 €  54,44 €
>4h=<6h  68,04 €  85,05 €  54,44 €  68,04 €
>6h 88,22 €  110,57 €  70,78 € 88,22 €

 

Disponibilidad áreas no técnicas:       156,49 €            Disponibilidad área técnica:      326,01

Retén:                                                  81,63 €         Activación de Retén:                          20,42 €

Plus Emergencia fin de semana:        93,14 €            Emergencia en Festivo:               46,60 €

Plus Emergencia activación:               18,80 €            Disponibilidad GRIET anual6.013,21 €

Rotación de Jornada:                         149,72 €        Rotación Supervisión:        212,53

Sáb., Dom. y Festivos:                         57,15 €        Disp. festivos área técnica:        136,09 €

Dic
20

CONVENIO COLECTIVO

Este viernes 20 de diciembre se ha celebrado la reunión para tratar sobre la posible constitución de una mesa con el fin de negociar un convenio colectivo en el conjunto de las empresas.

A dicha reunión estábamos convocados UGT, CCOO, FETICO, USO y ELA.

Además de la empresa, hemos asistido representantes de UGT, USO y FETICO, CCOO y ELA no se han presentado.

Dado que hay un juicio pendiente, y su sentencia puede determinar la posibilidad o no de dotarnos de un convenio único para el grupo laboral, UGT ha arrancado a la empresa unos compromisos por escrito de obligado cumplimiento:

  • La mesa del convenio queda constituida sin facultades hasta que se conozca la sentencia, en ese momento decidirán los jueces.
  • Es más, la fecha del 6 de febrero para una primera reunión se anulará si aún no ha habido sentencia, no habrá reuniones ni actividad hasta que no sepamos el marco jurídico.
  • A partir de esa sentencia sabremos si la mesa para el convenio es viable o no, porque ya no es una cuestión de opiniones, los jueces dictarán sentencia. Y será en ese momento cuando cualquier sindicato que tenga la representatividad requerida y no estuviera en la mesa, podrá sumarse. La mano está tendida en aras de la unidad.
  • Ningún sindicato por sí sólo podrá llegar a un acuerdo unilateral con la empresa.
  • Se garantiza la ultraactividad de los convenios hasta que se acuerde uno nuevo, sin perjuicio de los posibles acuerdos que puedan alcanzarse en cada empresa durante la negociación. Esto nos protege del arbitraje recogido en el Estatuto de los Trabajadores:

Este compromiso permite evitar que un laudo, un arbitraje, decida nuestras condiciones: mantendremos nuestros acuerdos hasta que se firme uno nuevo.

  • Y dicho acuerdo no será posible sólo con el voto de un sindicato.
  • Y el voto de UGT lo decidiréis vosotros y vosotras, estará supeditado a una votación previa de la plantilla, acreditada, avalada, secreta, confidencial, verificable, cuyo resultado sea público. Del escrutinio saldrá un resultado a favor o en contra que UGT respetará.
  • Para que UGT firme un posible acuerdo deben darse dos condiciones: que el resultado global de la votación sea favorable al acuerdo, y que el resultado tanto en grupo Orange como en grupo MásMóvil sea favorable al acuerdo.
  • Se garantiza la adopción de acuerdos durante la posible negociación para que, por ejemplo, la revisión salarial de Euskaltel o de RCable y TeleCable pueda materializarse.
  • El objetivo: mejorar los convenios y que todas y todos tengamos esas mismas condiciones.

En resumen:

  • Hasta que no haya sentencia, ni se reúne ninguna mesa ni se negocia nada.
  • Si la mesa para este convenio tiene respaldo jurídico todos los sindicatos con representatividad en el ámbito de la negociación podrán estar.
  • Ningún sindicato por sí sólo podrá acordar unilateralmente nada con la empresa.
  • Nuestras condiciones se garantizan hasta que haya un nuevo convenio, el cual sólo será posible si, en lo tocante al voto de UGT, vosotros decidís que firmemos.
  • Si damos este paso es porque la empresa denuncia convenios y promueve el convenio de grupo el 27 de noviembre, y el plazo es de 1 mes, y si no tenemos esta herramienta no podríamos, si así lo decidimos, dotarnos de un marco común para todos si así lo decidís con vuestro voto. Además, sólo será efectivo si se sostiene judicialmente.

Dic
13

UGT EXIGE QUE PAREN LOS DESPIDOS EN MASORANGE

DEL ANÁLISIS DE LOS DESPIDOS EJECUTADOS, CONSIDERAMOS QUE ES PERFECTAMENTE POSIBLE NO SEGUIR DESPIDIENDO.

LA EMPRESA NO SE HA COMPROMETIDO A ELLO, Y SIN EMBARGO SE LIMITA A COMUNICAR EL ESTADO DEL ERE, ALGO QUE YA CONOCEMOS.

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Lo que todos y todas esperábamos, al menos desde UGT, es que la empresa lanzara otro tipo de mensaje, algo que paliara en alguna medida, si es que fuera posible, la enorme desazón y decepción por la ejecución de los despidos.

Pero no ha sido así, y lo que tenemos es lo que han venido diciendo desde el principio: que la mayor parte del ERE lo querían ejecutar en la primera parte de diciembre.

No nos han pasado datos exactos y confirmados desde el día 10, parece que el lunes 16 nos los darán, y los compartiremos con todos y todas. Pero, por los despidos que hemos ido recopilando, quedarían aún unos 80 despidos pendientes en caso de que la empresa se obceque en querer llegar a la afectación máxima de 650.

Llevamos semanas trabajando, y lo vamos a seguir haciendo, para que la empresa no continue ejecutando el ERE. Hay a nuestro juicio razones organizativas que lo justificarían.

Mientras esperamos que la empresa recapacite sobre ello, no podemos dejar pasar por alto las formas en estos despidos, la falta de información clara, el envío de burofax …

Todo esto, el propio ERE, los despidos que se están produciendo, la comunicación de los mismos, etc… han creado un ambiente desmotivador.

Y con este ambiente nos convocan a una negociación de convenio. Es la empresa la que ha denunciado todos los convenios, por tanto, tendrán que ser ellos los que digan qué quieren para el nuevo convenio, qué proponen. Nosotros no contemplamos perder derechos, todo lo contrario, queremos las mejoras justas que nos permitan no sólo crecer, sino que se sumen el resto de compañeros y compañeras que no tienen nuestro convenio. Por ello venimos pidiendo desde el pasado 29 de noviembre unidad, y no tomar iniciativas excluyentes, pero no quieren. Y recordad:

OS DIREMOS SIEMPRE LA VERDAD, POR DURA QUE SEA. LO MÁS FÁCIL SERÍA DECIROS LO QUE QUERÉIS ESCUCHAR, PERO NO LO HAREMOS. NO TODO VALE.

Nov
26

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Nov
25

25N DIA INTERNACIONAL PARA LA ELIMINACIÓN DE LAS VIOLENCIAS SOBRE LAS MUJERES

POR UN PRESENTE Y UN FUTURO SIN VIOLENCIAS MACHISTAS PARA LAS MUJERES

MANIFIESTO CONJUNTO UGT-CCOO

VER INFORME COMPLETO

UGT manifiesta su más rotunda condena y repulsa contra las violencias machistas, cuyas cifras, aun no reflejando toda la realidad, siguen siendo escandalosamente alarmantes y muy preocupantes ante el aumento de las mismas. 1.283 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o exparejas desde el 1 de enero de 2013 hasta el 23 de octubre de 2024. En 2023 fueron asesinadas 58 mujeres por este tipo de violencia, 9 más que en 2022 y 2021.

En 2023, 530 mujeres cada día fueron víctimas de violencia de género de sus parejas o exparejas, aumentando un 12,1% respecto del año anterior.

Los delitos contra la libertad sexual investigados también se incrementaron en 2023 y nueve de cada diez víctimas fueron mujeres. Desde 2017 se registra un incremento anual continuo de estos delitos, con excepción del 2020, año de la pandemia. El 86% del total de las víctimas de estos delitos son mujeres y niñas y dentro del grupo de menores de edad, el total de las víctimas de sexo femenino cuadriplica a las del masculino.

En 2023, el 98% de las víctimas de trata y explotación sexual fueron mujeres y niñas, el 90% de las víctimas de violación fueron mujeres y el 87% de las víctimas de abusos sexuales y otras agresiones sexuales fueron también del sexo femenino. Así mismo, el 91% de las víctimas de acoso sexual en 2023 fueron mujeres y una de cada cinco mujeres acosadas sexualmente, lo fue en el trabajo.

En España, en menos de una década, se han multiplicado por cinco los delitos de contacto con menores de 16 años con fines sexuales a través de las nuevas tecnologías, instrumento que utilizan así mismo para acometer múltiples formas de violencia contra las mujeres, incluidos los discursos y delitos de odio contra las mismas.

Resulta muy preocupante el ascenso de todas las formas de violencia machista y en especial de aquellas nuevas formas que afloran cada vez con mayor rapidez y virulencia, llevadas a cabo a través de las Tecnologías de la Información y Comunicación.

Las múltiples manifestaciones de esta lacra social que conforman la violencia machista reflejan la brutalidad del patriarcado, que discrimina y somete a las mujeres por el hecho de ser mujeres, considerándolas inferiores a los hombres, llegando hasta el asesinato de las mismas, como muestra más extrema del ejercicio y mantenimiento de su poder, dejando un reguero intolerable de sufrimiento incalculable, de daño irreparable y de barbarie y retroceso, propio del retorno a las cavernas en pleno siglo XXI, en una sociedad democrática y de derecho en la que estos actos no pueden tener cabida y frente a los que tenemos que luchar sin descanso hasta su erradicación.

Los asesinos de mujeres, los maltratadores, los agresores sexuales y violadores, los explotadores de mujeres y todos aquellos que cometen actos de violencia machista deben ser castigados y expulsados de nuestra sociedad y que solo ellos sean los que regresen a las cavernas.

UGT reivindica:

–    Que se implementen las medidas necesarias para hacer efectiva la aplicación de los Convenios 189 y 190 de la OIT.

–    Que el Gobierno desarrolle los instrumentos adecuados para la correcta aplicación del Convenio de Estambul (Convenio sobre la prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica), así como para la transposición de la Directiva de 2024 para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica.  

–    En el ámbito laboral, es indispensable mejorar las políticas activas de empleo para las mujeres víctimas de violencia de género, que no acaban de lograr el objetivo que sería deseable en relación con la inserción laboral de las mismas, y que resulta de gran trascendencia en la ayuda para salir de las situaciones de este tipo de violencia.

–    Avanzar en los derechos laborales y de protección social de las víctimas de las violencias machistas es también otro de nuestros objetivos en el ámbito laboral, así como también lo es lograr que podamos contar con datos estadísticos oficiales sobre violencia machista en el mundo laboral (acoso sexual y acoso por razón de sexo).

–    La adopción de un nuevo Pacto de Estado, en el que participamos activamente con nuestras propuestas, es fundamental para luchar contra la violencia machista, así como para avanzar en garantizar la seguridad y la protección de las mujeres víctimas de esta violencia, y que en la actualidad presenta importantes déficits. Mejorar y asegurar los recursos necesarios para poder combatir dicha violencia, así como actuar frente a la misma en todo el territorio español, debe ser también un objetivo prioritario.

UGT es un sindicato feminista que lucha y va a seguir luchando con todas sus fuerzas para acabar con esta lacra, que está al lado de las mujeres y de todas las trabajadoras de este país. Tenemos que seguir combatiendo la violencia machista desde el conjunto de la sociedad, desde las instituciones y en el ámbito laboral de forma específica, desde los centros de trabajo, en todos los lugares donde estemos presentes para denunciar estas situaciones, para acompañar a las víctimas y denunciar a los acosadores y asesinos. Toda la sociedad debe movilizarse y, especialmente, los sindicalistas de UGT. Hoy esta lucha es, sin lugar a dudas, una prioridad de nuestro sindicato.

 

Nov
22

ULTIMA HORA ERE MASORANGE

En la reunión de la Comisión de Seguimiento celebrada en el mediodía de hoy se han aportado datos de la evolución de las salidas de quienes se inscribieron hasta el 13 de noviembre.

En un próximo comunicado ampliaremos esta información, que debemos analizar detenidamente y con tiempo, pero podemos adelantaros algunos datos a cierre de miércoles:

  • Ya se han comunicado todas las aceptaciones.
  • Ya se han firmado 270 extinciones.
  • Todas ellas pertenecen al periodo de adscripción, hasta el 13 de noviembre.
  • De esas 270, 80 son prejubilaciones.
  • Se han registrado hasta el 13 de noviembre el 73% de las salidas máximas (650).
  • Quedarían, una vez descontado ese 73%, 176 despidos pendientes.
  • Se ha cerrado con BBVA la póliza para asegurar rentas y CESS.
  • Se abrirá un portal para “ex-empleados” donde tendrán acceso a información, documentos…

 

A continuación, respondemos a algunas de las preguntas recurrentes que nos habéis trasladado estos días:

 

¿VAN A LLEGAR A 650, O PUEDEN DEJARLO ANTES?

La empresa ha manifestado su intención de hacerlo, pero no nos ha asegurado que sea así, no es una obligación. Por eso llevamos semanas trabajando para concienciar a la empresa de que las salidas ya producidas y previstas pueden ser suficientes. En cualquier caso, estamos muy vigilantes para garantizar que se cumplen todas las condiciones y criterios, pero también, y sobre todo, para analizar el impacto organizativo de las medidas extintivas.

 

¿POR QUÉ AÚN NO HAN EMPEZADO?

No tenemos información contrastada al respecto, por tanto, sólo podemos daros nuestra opinión. El informe de la Inspección de Trabajo (IT) y el juicio del día 26 en la Audiencia Nacional (AN) pueden dar lugar a que la empresa espere a ver cómo se desarrolla y su evolución, y según ello tomar una decisión en cuanto a las fechas concretas.

 

¿PUEDE DECLARARSE NULO EL ERE? ¿ES PROBABLE?

Sí, la AN tras el juicio del próximo día 26 podría declarar la nulidad por alguno de estos 2 motivos: que consideren que las causas económicas o/y organizativas no están acreditadas, o que no consideren que se haya acreditado la existencia de un Grupo Laboral (GL).

En cuanto a si es poco probable o mucho… depende del caso.

Sobre las causas económicas y organizativas, parece poco probable que las tumben, están acreditadas incluso por la IT, el tribunal de cuentas, auditorías independientes… Y esto, de concretarse, sería una malísima notica para todos y todas, la peor posible. Pero veremos.

En cuanto al GL, dependerá de las pruebas aportadas en el juicio, ya que la IT no lo considera acreditado. Ni compartimos el optimismo de quienes consideran que lo van a anular y que está ganado (CCOO, USO), ni de quienes consideran que lo van a avalar en la AN (la empresa). Para UGT, y lo venimos planteando desde hace mucho tiempo (sin ni siquiera el ERE encima de la mesa), somos un GL: tenemos dirección única, trabajamos mezclados, compartamos edificios…

En cualquier caso, en la cuestión del GL, parece probable que, si lo tumba la AN, la empresa simplemente tenga que hacer los cambios necesarios para cumplir con lo que le requieran los jueces, porque si las causas existen … habrá ERE.

Y dará igual la opinión de sindicatos o empresa, en esto decidirán los jueces.