ACUERDO MUNDIAL SOBRE IGUALDAD

ACUERDO MUNDIAL SOBRE IGUALDAD

por UGT redactor

El pasado 16 de Enero nos reunimos con la Dirección de Orange en España y una representación del Grupo para presentar el Acuerdo Mundial en materia de Igualdad de Género.

Debemos decir que UGT fue el único sindicato con representación en diferentes filiales cuyos asistentes pertenecían a filiales diferentes. Para nosotros es fundamental que la Igualdad sea transversal y no sólo tratada en una filial en España, por ello OSFI también estuvo presente gracias a nosotros.

No pretendemos hacer un análisis pormenorizado del acuerdo, os facilitamos el enlace para vuestra consulta (VER ACUERDO), pero si trasladaros algunos puntos relevantes de los tratados en dicha reunión.

Por un lado todas las fuerzas sindicales coincidimos en que para la brecha salarial debe destinarse un presupuesto específico al margen de los ejercicios ordinarios de revisión, algo que es compartido por Grupo.

En segundo lugar debemos incidir en que para que el acuerdo se cumpla y se haga un seguimiento efectivo y eficiente no podemos dejar a cada grupo de trabajo en cada filial esta tarea, debe haber una coordinación donde estemos todos, y por ello hemos pedido en esta reunión crear un foro que englobe a todos para hacer un seguimiento del acuerdo y que luego cada filial se encargue de realizar las acciones para cumplirlo.

Debemos dejar claro que la diferencia de género no sólo está en el ámbito salarial, también en el nivel de mujeres y hombres en las empresas y en cada área o grupo. De hecho los datos no han ido mejorando en los últimos años en esta materia.

Finalizaremos con una referencia al teletrabajo y al derecho a la desconexión ya que en el primer caso no podemos enfocar su ampliación exclusivamente en caso de enfermedades graves y en el segundo el acuerdo mundial dice literalmente en su artículo 6.3.2 “La dirección respetará los horarios de reunión o los momentos en que se envían comunicaciones solicitando respuesta a los empleados asegurando que ocurren dentro del horario del trabajador.

No es sólo que tengamos el derecho de no leer/contestar a mensajes, emails, llamadas … fuera de horario laboral, es que hay una directriz de obligado cumplimiento que insta a no enviar estas comunicaciones para evitar que las recibamos.

Por ello os animamos a que si se siguen produciendo o alguien os pide explicaciones de por qué no respondéis fuera de horario laboral nos lo comuniquéis ya que estas personas estarán violando una directriz aprobada a nivel mundial por Orange y que debe ser cumplida.