UGT Orange -
Abr
14

INTENSIVA EN VERANO

La empresa comunicó a los sindicatos de OSP y OSFI en la tarde de ayer su decisión sobre la intensiva en verano y, por tanto, el ajuste horario por exceso de jornada.

Como sabéis, la propuesta de UGT era, en resumen, aplicar una intensiva de verano del 16 de junio al 11 de septiembre, cubriendo al menos los periodos no lectivos en verano, con 3 días libres adicionales a los 2 que tenemos por convenio.

Pero no fue apoyado por el resto, cuyas propuestas eran más del gusto de la Dirección, y la empresa ha comunicado que, vistas esas propuestas, impone el siguiente esquema:

  • Intensiva de verano del 15 de junio al 31 de agosto.
  • Ajuste horario con 2 días libres adicionales a los 2 que tenemos por convenio.
  • Horario de lunes a jueves: 8,5 horas y en intensiva 7 horas.
  • Todos los viernes del año que quedan: 6 horas y 45 minutos.

UGT no está de acuerdo con este esquema, no lo apoyamos. Ni apoyamos las propuestas para acabar la intensiva el 31 de agosto que la empresa ha “comprado”, ni la racanería de la Dirección para reducir unos minutos el tiempo de trabajo los viernes con el fin de no dar 1 día libre más.

En cambio, en empresas como RCable con el liderazgo de UGT, su intensiva va del 15 de junio al 15 de septiembre, y lo tienen por convenio.

Os resumimos, por tanto, como queda nuestro calendario laboral y jornada en 2025:

  • Horas anuales: 1740.
  • Vacaciones: 23 días laborables.
  • Días de libre disposición: 4 días laborables (2 de Convenio y 2 por ajuste de jornada).
  • Festivos de empresa: 2 (24 y 31 de diciembre).
  • Antigüedad: 1 día laborable por más de 10 años y 2 por más de 20 años.
  • Jornada de verano: del 16 de junio al 31 de agosto.
  • Horario de entrada: de 7:30h a 10:00h.
  • Tiempo de comida: entre 30 y 90 minutos.
  • Jornada laboral de lunes a jueves: 8h y 30min.
  • Jornada laboral de lunes a jueves en intensiva: 7h.
  • Jornada laboral todos los viernes a partir de hoy: 6h y 45min.
Abr
11

DESPIDOS EN MASORANGE

La empresa ha ejecutado esta semana varios despidos disciplinarios. Si les parecía poco todo lo que está pasando con el ERE, añaden estos despidos. Es vergonzoso que se despida a personas con años y años de experiencia con razones que no se sostienen, y UGT está en contra de todos los despidos injustificados, TODOS estamos en contra.

Pero tampoco podemos dejar de denunciar la falta de rigor en algunas informaciones que, o daban datos erróneos, o hablaban de despidos que no se habían producido.

La realidad es que esta semana se han ejecutado 5 despidos disciplinarios el jueves 10 de abril, 3 en el mundo MásMóvil y 2 en Orange. El día 8, el 9… no hubo ningún despido.

Lo que se comunicó el martes 8 a estas personas fue un trámite de audiencia previa para que pudieran explicarse o aportar las alegaciones oportunas. Esto ya ha ocurrido en nuestra empresa en varias ocasiones, desde hace años, y algunos casos han terminado en despidos, otros en sanciones de empleo y sueldo, otros en nada… Decir que eso es un despido, sin que se haya producido, es negar el derecho de esas personas a defenderse y a tener una oportunidad.

Hemos hablado con RRHH y con alguna de esas personas, y este es el resultado:

  • 1 persona de Xfera, 1 de Euskaltel y 1 de OSP han sido despedidas, aunque el diálogo ha permitido que no sea tan traumático y ha dado sus frutos, a pesar de no haber conseguido parar el despido.
  • 1 persona de Euskaltel y 1 de OSP han sido despedidas, y otros sindicatos parece que lo han estado, o están, “gestionando”, pero desconocemos los frutos.

No daremos más detalles porque estas personas no nos han autorizado a ello. Pero reiteramos que estos despidos son injustificados.

Abr
1

PUNTO SITUACIÓN ERE MASORANGE

Ayer se celebró a instancias de UGT una nueva reunión de la comisión de seguimiento del ERE, donde hemos trasladado que la empresa debe dar por cerrado el despido colectivo por muchas razones, entre ellas, y no menor, que los cambios organizativos de estos meses justificarían de sobra dar este paso.

La tensión e incertidumbre que ha vuelto tras 3 meses sin despidos forzosos hace necesaria una reflexión, pero la empresa insiste en que van a seguir los despidos. Ante este posicionamiento, UGT ha planteado:

  • Que no se dilate innecesariamente este proceso y se tomen las decisiones ya.
  • Que analicen bien lo que les proponemos para no seguir despidiendo.

En cuanto a los datos aportados os podemos confirmar que todo lo que hemos informado estas semanas es correcto, toda la información que os hemos trasladado era rigurosa, y huimos de comunicar datos e informaciones no contrastadas. Los datos principales son (a 31 de marzo):

  • Despidos forzosos en marzo. Se han concentrado en los días 19, 20 y 24, con un total de 29 compañeros y compañeras despedidas. No se habían producido desde antes de navidades y la empresa los ha retomado con contundencia.
  • Despidos con fecha diferida. En estos meses se han producido despidos de personas apuntadas en octubre y con fecha de salida diferida, casi todos en prejubilación. También algunos forzosos en prejubilación, que tienen su fecha de salida en junio.
  • Despidos a fecha 31 de marzo. Se ha alcanzado la cifra de 597 personas afectadas (de ellas, 21 aún pendientes de fecha), lo que supone casi el 92% del máximo posible.
  • Áreas con más despidos pendientes. Customer Operations, Finance, Marketing-TV.
  • Datos del plan de recolocación.
    • La adscripción al plan es voluntaria, y se dan 3 meses para hacerlo. También se puede pausar el plan, por lo que muchas personas aún no se han apuntado.
    • Se han apuntado 327 personas (56% hombres y 44% mujeres), de las que 42 ya han encontrado un nuevo empleo (el 80% mantiene o mejora condiciones).
  • Datos principales del ERE:
POR TIPO DE IMDEMNIZACIÓN RECIBIDA
DESPIDOS DENTRO DEL PERIODO VOLUNTARIO 473
DESPIDOS FUERA DEL PERIODO VOLUNTARIO 124
TOTAL AFECTACIÓN 597

 

POR TIPO DE DESVINCULACIÓN
INDEMNIZACIONES 427
PREJUBILACIONES 170
TOTAL AFECTACIÓN 597

 

POR GÉNERO
HOMBRES 364
MUJERES 233
TOTAL AFECTACIÓN 597

 

POR EMPRESA PLANTILLA % DE PLANTILLA DESPIDOS ERE % DESPIDOS
OSP 2851 61,92 329 55,11
OSFI 149 3,24 32 5,36
TOTAL MUNDO OR 3000 65,16 361 60,47
EUSKALTEL 276 5,99 84 14,07
RCABLE 243 5,28 45 7,54
XFERA 944 20,50 88 14,74
LORCA 141 3,06 19 3,18
TOTAL MUNDO MM 1604 34,84 236 39,53
TOTAL 6 JURÍDICAS 4604 100,00 597 100,00

(La plantilla de Orange es el 65,16% y los despidos casi 5 puntos menos, un 60,47%. La plantilla de MásMóvil es el 34,84% y los despidos casi 5 puntos más, un 39,53%.)

 

POR TERRITORIOS CON DESPIDOS PLANTILLA DESPIDOS % REDUCCIÓN DE PLANTILLA
Guipúzcoa 11 6 54,55
Santa Cruz de Tenerife 3 1 33,33
Vizcaya 288 79 27,43
Asturias 117 22 18,80
Valladolid 39 7 17,95
A Coruña 124 22 17,74
Sevilla 79 13 16,46
Baleares 13 2 15,38
Madrid 3490 419 12,01
Alicante 19 2 10,53
Málaga 31 3 9,68
Las Palmas 12 1 8,33
Pontevedra 28 2 7,14
Barcelona 242 14 5,79
Valencia 81 4 4,94
TOTAL (hay territorios sin afectación) 4577 597 13,04

 

(Se ordena de mayor a menor afectación por volumen de plantilla y despidos.)

Mar
8

DIA INTERNACIONAL DE LA MUJER TRABAJADORA

Como cada año, UGT elabora su informe de la mujer en el ámbito laboral, donde apreciamos que las políticas de igualdad puestas en marcha en los últimos años, así como las reformas legales y el aumento del SMI, entre otras medidas fruto del Diálogo Social, están contribuyendo a luchar en mayor medida contra la desigualdad de género en el mundo laboral de nuestro país.

Sin embargo, el informe puntualiza que, pese a ello, los avances son demasiado lentos e incluso en ocasiones se experimentan pequeños retrocesos, manteniéndose aún unas brechas de género muy elevadas. La situación en MASORANGE es claramente mejorable y seguimos trabajando para avanzar.

Feb
28

JUICIO DEL ERE MASORANGE EN LA AUDIENCIA NACIONAL

Ayer jueves se celebró el juicio del ERE en la AN, durante más de 5 horas, y queda visto para sentencia. Serán los jueces quienes digan si hay Grupo Laboral y si se acreditan las causas económicas, productivas y organizativas del ERE. Vamos a trasladaros las cuestiones principales planteadas por cada parte tras los principales titulares:

  • CCOO no ve problema en negociar un único convenio de grupo, pero quiere modificar las empresas para ser mayoría en la mesa. Hasta ahora decían que se tenía que negociar en una empresa y eso heredarlo el resto.
  • Los magistrados de la AN, el fiscal y la empresa indican que no se puede dudar de la existencia del Grupo Laboral (GL) ni de las causas económicas, organizativas y productivas del ERE (las CAUSAS).
  • Los magistrados preguntan a las letradas de USO y CCOO si de verdad creen que con la nulidad van a mejorar las condiciones del ERE, ya que cada vez que han sentenciado en ese sentido y las CAUSAS están acreditadas… las empresas aplican el mínimo legal de 20 días con tope de 12 mensualidades, y la empresa se está ratificando en ello.
  • Los magistrados y el fiscal certifican que la nulidad implica el retorno y la restitución de cantidades, no cabe ni negociación ni otras posibilidades (como algunos creen o quieren hacer creer) … deben retornar y devolver todo. Lo cual es ratificado por la empresa.
  • USO sigue defendiendo su negativa al GL y a las CAUSAS del ERE, y CCOO defiende la no existencia del GL, pero… pide que se incluyan otras empresas, firma la mesa del ERE, dicen querer negociar un convenio de Grupo, etcétera.
  • La empresa se ratifica en el GL, en las CAUSAS y en que la nulidad implica, como dice la AN y el fiscal, aplicar el ERE (o los EREs) en condiciones de 20 días con tope de 12 mensualidades, lo que no sólo reduce al mínimo las indemnizaciones si no que serían forzosos, sin prejubilaciones, etc…

 

PREVIO DE LOS JUECES.

Los magistrados (3) de la sala trasladan a los demandantes (USO y CCOO) si han pensado en las consecuencias de declarar la nulidad del ERE, puesto que muy pocas veces ven condiciones que superen el mínimo legal de 20 días por año con tope de 12 mensualidades, y se produce un ofrecimiento para estar en la Comisión de Seguimiento, garantías de empleo para quienes sigan en la empresa… pero lo rechazan.

Preguntan directamente a las letradas de USO y CCOO si consideran que conseguirían mejores condiciones en caso de repetir el ERE, porque ellos, a tenor de las pruebas presentadas y de otros juicios, no lo ven.

De hecho, los magistrados dejan claro que si es nulo las personas que han salido no pueden elegir o negociar su vuelta, tienen que retornar y devolver todo. Y que los EREs sin acuerdo se están traduciendo en esos 20 días por año, algo que ratifica la empresa.

 

INTERVENCIÓN DE USO.

Indican que al no reconocer el GL, consideran que la mesa del ERE no es correcta y debe anularse el ERE. Para reforzar su posición indican que la actividad de las tiendas es equiparable a la nuestra, y se apoyan en el informe de la Inspección de Trabajo (IT), que no reconoce la existencia de ningún tipo de Grupo.

También denuncian la mala fe porque no hay CAUSAS, aunque no mencionan en este punto el informe de la IT que sí acredita las mismas. Es decir, el informe les vale para la parte del GL, pero no para las CAUSAS. Como esto es algo que repiten todas las partes, decidirán los jueces.

 

INTERVENCIÓN DE CCOO.

Dicen que no hubo acuerdo del ERE (esto sorprende a todos) porque está basado sólo en la mayoría de la mesa de negociación, y no en la mayoría de las personas despedidas.

También denuncian el perímetro, las empresas, indicando que hay 4 teleoperadoras (ejemplo de Pepephone) que no están incluidas. Pero resulta que o no tienen trabajadores o son externas.

La letrada de CCOO llega a agradecer a UGT su intervención en mayo para constatar que la empresa Energía Colectiva no reunía los criterios para formar parte del Grupo, como apoyó con su firma CCOO, ya que eso hubiera permitido tener a FETICO más representantes. Añade en cambio, que deberían añadirse otras empresas al GL… pero ¿cómo, si dicen que no existe el GL?

Indican que la comunicación del Grupo Laboral fue sorpresiva, a pesar de haber pedido junto a USO y UGT, información del mismo en mayo pasado.

Se apoya en el informe de la IT para defender que no hay GL, pero ese mismo informe acredita las causas del ERE, y en ese punto discrepan.

Se queja la letrada de que en la negociación del ERE los comunicados de FETICO llegaban a Orange, pero igualmente los de CCOO llegaban a MásMóvil.

 

INTERVENCIÓN DE LA EMPRESA.

No ven sentido a la petición de CCOO de incluir más empresas en el GL, cuando dicen que no reconocen su existencia.

La empresa pide anular la demanda de CCOO por haber llegado fuera de plazo, a lo que la letrada de CCOO indica que lo envió erróneamente al organismo que no procedía, y que unos días después lo rectificó, fuera de plazo. Se da la circunstancia de que fue la misma persona que registró la jornada de huelga durante el ERE fuera de plazo y no pudimos hacer huelga.

La empresa indica que la cuestión del Grupo Mercantil (GM) está resuelta por la sentencia de la semana pasada, y que se trata de certificar que somos un GL de 13 empresas. Hacen referencia a sentencias de esa misma sala sobre la existencia en otras empresas de un GL dentro de un GM, y que el escrito de CCOO, USO y UGT de mayo pasado, pidiendo información sobre el GL, certifica que era conocido por los sindicatos.

Añaden otro elemento que refuerza la legalidad del GL y de la mesa del ERE, la petición de USO el 13 de septiembre de tener 1 puesto, pero les contestan que CCOO, FETICO y UGT han designado a los 13 representantes (el máximo legal), y les remiten a aclararlo con dichos sindicatos. No lo hicieron salvo que desconozcamos que pidieran a CCOO un puesto y se lo denegaran.

Para certificar la legalidad del acuerdo del ERE incluyen la prueba de que 3 de los 5 negociadores de CCOO, y de una asesora, se han apuntado al ERE en el periodo voluntario. Sería impensable que un sindicato considerara ilegal un acuerdo cuando lo validan con su adscripción.

Aclaran que CCOO se marchó el día de la firma porque dijo que no firmaría, y pidieron una copia del acuerdo, que recibió, y que si hubiera habido cambios en el acuerdo sin estar CCOO podría haber sido nulo. Esto retrata a FETICO cuando quiso modificar el acuerdo sin CCOO y UGT se negó si no les llamaban.

Finalizan apoyándose en sentencias de la propia AN de enero de 2025, o del Tribunal Supremo (TS) en varias sentencias de 2024, con especial mención a la del 13 mayo 19 sobre el GL, por lo que si el ERE fuera por empresa serían nulos.

 

INTERVENCIÓND E UGT.

El letrado de UGT no entiende que CCOO ataque la legitimidad de la mesa si la firmó y participó de todas las reuniones. Y, de haber considerado que era ilegítima, deberían haberlo hecho saber y no lo hicieron, simplemente indicaron que estaban estudiando la cuestión del GL. Alude a las sentencias de la AN y del TS de 13 de febrero de 2023, que indican que no es legítimo plantear cuestiones en juicio que no se alegaron en el periodo de consultas.

El GL existe porque se cumplen todos los criterios y elementos de la ley y la jurisprudencia, y sólo entiende, sin compartirla, la postura congruente de USO respecto a la mesa, pero no la de CCOO de firmarla si pensaban que era ilegítima. Y es que en la exposición de CCOO no parece haber tanto problema con el GL sino con las empresas incluidas, indicando que debería haber más.

Finaliza indicando que no entiende que CCOO se indigne si la empresa no difundía un comunicado suyo (como le pasó a UGT), y a la vez escriban que “algo se habrá llevado UGT por firmar”.

 

INTERVENCIÓN DE FETICO.

Indica su letrado que existe el GL, se ampara en la sentencia de la semana pasada y en que CCOO firmó todo… menos el acuerdo final.

 

PERITOS Y TESTIGOS.

La empresa presenta 2 peritos para que acrediten las causas del ERE y la existencia del GL.

USO quiere presentar testigos y la sala admite uno de ellos. Cuando declara lo hace sobre su despido de noviembre y el presidente de la sala despide al testigo ya que no se enjuicia el despido de esa persona si no el ERE hasta el cierre del periodo de consultas.

CCOO quiere presentar testigos y la sala admite 2 de ellos. Cuando el presidente pregunta por sus puestos indican que son delegados de CCOO de Euskaltel y Jazzplat, indicando el presidente que esos testigos de poco pueden valer ya que defenderán la posición de su sindicato sin más, y que la sala no podrá tenerlos en cuenta.

La empresa tenía previsto presentar 9 testigos, trabajadores de La Finca que tenían compañeros de otras empresas, jefes de otras empresas… para acreditar que somos un GL, pero decide renunciar a que testifiquen porque considera que es más que suficiente el desarrollo del juicio para que quede acreditado tanto el GL, como las causas del ERE.

 

FISCALÍA.

El fiscal, al igual que hizo en el juicio de la mesa de mayo, no duda de que somos un GL. Es más, dice en varias ocasiones que no se puede dudar, igual que es indudable la existencia de las causas económicas, organizativas y productivas del ERE.

Y plantea a todos los asistentes el grave perjuicio a las personas trabajadoras si se declara nulo, porque vistos juicios anteriores y la postura de la empresa… la nulidad implica el retorno obligatorio y no negociable de todas las personas (devolviendo cantidades, sin prejubilaciones…) y la ejecución del ERE (o EREs) con 20 días, algo que la empresa ha dicho hasta la saciedad.

Pide la nulidad del ERE porque considera que hay vulneración de la representatividad de USO, no considera que sea nulo por el GL ni por las causas económicas, productivas y organizativas.

 

Es decir, este juicio queda visto para sentencia, y los magistrados, la fiscalía y la empresa dejan claro que si fuera nulo:

  • Las personas que han salido deben reincorporarse devolviendo todo, no hay alternativa.
  • La empresa tendría todo acreditado para hacer un nuevo ERE en el Grupo (el que digan los jueces, con o sin USO… como determinen) o varios por empresa, con el mínimo legal.

 

Feb
21

LA AUDIENCIA NACIONAL TUMBA LAS RECLAMACIONES DE USO Y CCOO

LA AUDIENCIA NACIONAL (AN) DETERMINA LA ABSOLUTA LEGALIDAD DE LA MESA DE MAYO, LA EXISTENCIA DE UN GRUPO MERCANTIL CON LAS 13 EMPRESAS VINCULADAS Y LA APLICACIÓN DEL ART.87 DEL ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES (ET) QUE FIJA EL CRITERIO DEL 10% COMO EL MÍNIMO LEGAL PARA FORMAR PARTE DE CUALQUIER NEGOCIACIÓN COLECTIVA EN EL ÁMBITO DE DICHO GRUPO, POR LO QUE EL CONVENIO COLECTIVO NO PUEDE NEGOCIARSE POR EMPRESA, SINO A NIVEL GRUPO.

VER SENTENCIA

Rechaza, por tanto, con meridiana claridad y en todos sus términos la demanda de USO, con la adhesión de CCOO, y por unanimidad de todos los magistrados, dejando al descubierto las absolutas falacias y mentiras que estos sindicatos han vertido sobre UGT desde el pasado mes de mayo sin descanso, 9 meses, un parto, con descalificaciones impropias de supuestos representantes sindicales a nuestra organización por el mero hecho de decir que había que cumplir la ley, no íbamos contra nadie, sólo queríamos que se cumplieran las normas.

UGT sólo aplicó criterios jurídicos en sus decisiones, lo que hacemos siempre, y aún así no quisimos adelantar acontecimientos y fuimos respetuosos con los tiempos judiciales. Nuestros abogados nos decían claramente como iba a acabar este, juicio porque las sentencias de la AN y del Tribunal Supremo (TS), a las que hace referencia esta propia sentencia, eran conocidas por todos, también por CCOO y USO. Sólo ellos saben por qué han llegado a este extremo, pero sobre todo… ¿por qué nos han atacado de esa manera injustificada?

El derecho legítimo a recurrir a las instancias judiciales no les da derecho a atacar a quienes considerábamos, de manera absolutamente fundada con criterios jurídicos, que las cosas se habían hecho conforme a derecho. Atacar a quien no opina igual es propio de regímenes totalitarios… pero veamos la sentencia, que hablen los jueces.

Todo empezó con la solicitud de mediación de USO en el SIMA (mes de julio) por entender que la mesa de mayo (2 meses antes) propuesta por la empresa y firmada por CCOO, FETICO y UGT era ilegal por dejarles fuera. Al acabar la mediación en desacuerdo, decidieron, 3 meses después, denunciar a las partes ante la Audiencia Nacional (AN), celebrándose el juicio el 26 de noviembre, cuya sentencia se ha conocido esta semana.

Pero en esa denuncia en la AN incorporaban, junto a CCOO, otro elemento: la no existencia de Grupo de ningún tipo, por considerar que no éramos, ni somos, Grupo laboral, ni mercantil… que somos empresas independientes, fiándolo todo al informe de la Inspección de Trabajo (IT), que ha desmontado la AN, que decía que no existía en MASORANGE ningún tipo de Grupo.

En cambio, la fiscalía no lo ponía en duda, sólo planteaba que a USO se le perjudicaba y que para no hacerlo solicitaba que se atendiera su petición, sin mayor aporte jurídico que ese.

Pues bien, la Audiencia Nacional (AN) ha sido cristalina y demoledora en todas estas cuestiones, y empieza analizando el ámbito de negociación para determinar qué sindicatos deben estar en esa mesa, dejando clara su posición sobre el informe de la Inspección de Trabajo (IT):

  • La AN determina que no hay duda de que somos un Grupo mercantil, y no va más allá porque otra sala de la AN decidirá, a partir del juicio del próximo jueves 27 de febrero, si somos un Grupo laboral, diciendo expresamente que no debe influir su resolución en dicho juicio, aunque tiran por tierra la parte del informe de la IT en este asunto indicando que: “en virtud de los hechos acreditados, siendo conocedora esta Sala y disintiendo del parecer emitido por la Inspección de Trabajo en relación con un ulterior despido colectivo efectuado por MASORANGE respecto a las mismas empresas afectadas por el proceso de negociación aquí impugnado, debemos concluir que estamos ante una sociedad mercantil y no ante una joint venture configurada a través de un acuerdo o contrato, lo que supondría descartar la primera objeción para no aplicar las reglas de legitimación del artículo 87 del ET como sostiene el sindicato demandante
  • Y una vez que deja claro que somos un Grupo, abordan la cuestión de la representatividad: “debemos concluir que estamos en presencia de un grupo mercantil […] y aplicar las reglas del artículo 87 del ET […] resultan legitimados para negociar, entre otros, “los sindicatos que cuenten con un mínimo del diez por ciento de los miembros de los comités de empresa o delegados de personal en el ámbito geográfico y funcional al que se refiera el convenio” “la previsión legal referida al grupo mercantil debe extenderse por analogía al supuesto aquí enjuiciado. […] previsión legal, por cierto, que ha sido avalada por nuestro Tribunal Supremo, en la STS de 7 de marzo de 2024 (Rec. 83/2022).
  • Y concluye: “en ninguno de los supuestos el sindicato demandante alcanzaría el mínimo requerido del 10% para integrar la comisión negociadora. Si ello es así, difícilmente se puede imputar a las empresas demandadas y a los sindicatos que se oponen a la demanda una finalidad torticera encaminada a impedir a USO poder negociar, puesto que en ninguno de los escenarios que son posibles y que hemos descrito tendría derecho a estar en el proceso negociador.” “En consideración a todo lo expuesto esta Sala debe concluir que el criterio de ostentar el 10% de la representación utilizado para la composición del banco social en el proceso de diálogo y negociación entablado en el entorno del grupo MASORANGE es ajustado a Derecho y no lesiona la libertad sindical de USO.” Es decir: UGT NUNCA FUE CONTRA USO, Y QUEDA DEMOSTRADO.

La claridad de la sentencia no deja lugar a dudas:

  • Pide la sala que ha sentenciado este juicio que la confirmación y acreditación de que somos un Grupo mercantil con empresas vinculadas no influya en el juicio del ERE sobre el Grupo laboral, y que esa otra sala tenga la independencia para sacar sus propias conclusiones.
  • Y eso a pesar de que el 17 de mayo CCOO, UGT y USO firmamos un comunicado que sacamos en nuestras comunicaciones de ese día. En ese comunicado propuesto como borrador por CCOO, y confirmado por UGT y USO, dicho sindicato encabezaba el “título” del mismo pidiendo “INFORMACIÓN SOBRE GRUPO LABORAL DE EMPRESAS DE MÁSORANGE” (VER), y todos estuvimos de acuerdo. Sorprende que nieguen que exista un Grupo laboral durante estos meses cuando en esa fecha preguntábamos por él TODOS.
  • Desautoriza la sala el criterio de la Fiscalía de no aplicar el art87 del ET, porque no se trata de decidir lo que a un sindicato le sea más beneficioso, sino de aplicar las leyes independientemente de que eso beneficie o perjudique a alguien. Las leyes deben cumplirse, por eso no es de recibo que CCOO y USO quisieran saltarse las leyes, y acusaran a UGT de romper la unidad sindical por querer cumplir las leyes… ¿¿ESTAMOS LOCOS??
  • Desautoriza la sala el informe de la Inspección de Trabajo (IT), cuando este organismo niega la existencia de cualquier tipo de Grupo en nuestra empresa, y dice que es evidente que somos un Grupo mercantil de empresas vinculadas.
  • Dice la sala de manera clarísima que el ámbito de la mesa de esas 13 empresas es rigurosamente adecuado, que incluso se debatió las empresas que debían estar (13 finalmente) y eso fue firmado por la empresa, CCOO, FETICO y UGT .
  • Dice la sala de manera igualmente clara, que el criterio que debe regir la conformación de esa mesa es el del 10% de representación mínima de los sindicatos con presencia en esas empresas, y que eso es lo ajustado a derecho: UGT NO FUE CONTRA USO.
  • Es decir, lo ajustado a derecho, lo legal, es que somos cuando menos un Grupo mercantil de empresas vinculadas donde cualquier negociación en ese ámbito de 13 empresas debe regirse por el 87 del ET. Y cualquier otro planteamiento NO es ajustado a derecho, es decir, ES ILEGAL. ESTO OBLIGA A NEGOCIAR CONVENIO DE GRUPO. No es cuestión del parecer de cada uno, o de lo que dice cada sindicato, la ley y la sentencia obligan a negociar el convenio de Grupo y no por empresa. Podemos afrontar la realidad o “hacer el avestruz”, pero la realidad se impone y hay que afrontarla de cara.

Quienes han planteado otras soluciones, lo que en realidad planteaban era incumplir las leyes… y lo sabían. Nadie ha echado a nadie, lo que planteaban era incumplir la ley para poder tener una silla. Y se han escudado desde octubre en que la Inspección de Trabajo negaba dicho Grupo y que la Fiscalía pedía que no se dejara fuera a USO… y todo eso lo han tumbado los jueces.

Estamos viviendo unos tiempos complicados, donde los bulos y los fakes campan a sus anchas, calan en la sociedad, y luego nadie restituye a los damnificados por esas mentiras y campañas de difamación. Pero llegar al punto de obligar a otros, a UGT, a caer en ese juego de saltarse las leyes porque, si no, se nos acusa de romper la unidad sindical … es el colmo.

¿Os parece trivial que alguien, en función de sus intereses, se salte las leyes o nos obligue a ello?

En esos comunicados de estos sindicatos, por aquellas fechas de mayo y junio pasado, se exigía a UGT una rectificación pública, simplemente por defender que se cumpliera la ley. Se nos dedicaban descalificativos como embusteros patológicos, mentirosos, maquiavélicos, barriobajeros, inmorales, traidores, gente sin principios, que decíamos falsedades, que destruíamos la unidad sindical, que teníamos ansias desmedidas por apropiarnos antidemocráticamente de lo que correspondía por ley a USO, que birlábamos un puesto a USO por nuestro apetito de sillón, de ser el sindicato amigo de la dirección poniendo nuestras siglas tachando la “T”, acusándonos de firmar recortes a la plantilla, de meter miedo… y nos amenazaban con que seríamos los responsables de las consecuencias.

¿Exageramos? ¿No lo recordáis ya? Pues para quien quiera hacer memoria, y tenga unos minutos, podéis rescatar las comunicaciones sindicales de mayo a julio de 2024.

Ene
20

CALENDARIO LABORAL 2025 OSP Y OSFI

Con la firma del último convenio colectivo, a cambio de otras mejoras, dejamos de disfrutar la intensiva de verano hasta mediados de septiembre.

Como ya os avanzábamos en el anterior comunicado, UGT sigue reivindicando recuperar la intensiva de 3 meses, y hemos propuesto a la empresa acordar para este año una intensiva del 16 de junio al 11 de septiembre con 5 días de libre disposición (3 adicionales a los 2 de convenio) ajustando la jornada en cómputo anual para adaptarnos a las actuales 1740 horas de convenio.

Por tanto, la propuesta de UGT que estamos valorando con la Dirección es:

  • Intensiva todos los viernes, y del 16 de junio hasta el 11 de septiembre, el último de jornada partida sería el 12 de junio y volveríamos a la jornada partida el 15 de septiembre.
  • 23 días de vacaciones.
  • 5 de libre disposición.
  • 2 festivos de empresa, 24 y 31 de diciembre.
  • 2 días adicionales por más de 20 años de antigüedad, o 1 por más de 10.
  • Con lo anterior tendríamos 32 días libres como máximo al año, y mínimo 30.
  • Además, los festivos nacionales, autonómicos y locales en cada territorio.
  • Ajuste horario necesario para respetar las 1740 horas anuales.

 

También hemos planteado alternativa para quienes, comenzando la jornada a las 7:30 y comiendo en 30 minutos, puedan finalizar antes de las 17h.

Por todo lo anterior, hemos pedido confirmación lo antes posible a nuestra propuesta para poder tener claro todos y todas el escenario en 2025 y planificar vacaciones, vida laboral y personal, etc…

Ene
17

REVISIÓN SALARIAL ORANGE Y OSFI

UGT se ha reunido esta misma semana con la empresa para tratar la revisión salarial de este año. Con el dato de IPC del 2,8% a cierre de 2024, que no ha sido confirmado hasta anteayer día 15, la revisión salarial de convenio en 2025 con datos rigurosos, sobre el salario real de cada uno, sería:

  • Salarios fijos hasta 32.644,36€: 3%
  • Salarios fijos de 32.644,36€ a 36.079,30€: 2,8%
  • Salarios fijos de 36.079,30€ a 42.092,52€: 2,8%
  • Salarios fijos de 42.092,52€ a fijo+variable de 56.688,76€: 1,25% si crece el EBITDA.
  • Salarios fijos superiores a 56.688,76€: 1% en un pago no consolidable si el objetivo de EBITDA se supera en un 18%.

 

Es la mínima revisión de convenio, la empresa puede aplicar revisiones adicionales a esta.

Pero en UGT consideramos que la revisión salarial anterior puede ser mejor que la que tenemos actualmente en convenio, y recuperar así muchas personas parte del poder adquisitivo perdido estos años. Por ello, les hemos instado a acordar una revisión salarial universal mejorada.

También les hemos instado a aplicar el pago del variable H2 en marzo y a reunirnos en la comisión de seguimiento para analizar los datos financieros y comerciales de 2024 una vez conocidos. Debemos ir a la notaría para contrastar los objetivos depositados en verano.

Por último, hemos solicitado que el bono disciplinario, el que ellos denominan “por especial desempeñosea abonado a toda la plantilla de manera universal en el mes de marzo o abril. Seguimos pensando que todos debemos ser perceptores de ese bono si se alcanzan los objetivos.

En paralelo a lo anterior, y en la mencionada reunión con la empresa, tal y como marca nuestro convenio colectivo, las tablas salariales y todos los conceptos económicos vinculados al IPC deben actualizarse de inmediato. Con esta actualización todos estos conceptos económicos quedarían así (incorporamos los principales):

TABLAS SALARIALES 2025*

  Salario Mínimo Salario Objetivo
GRUPO 0 32.644,36 € 47.858,82 €
GRUPO 1 31.062,27 € 45.879,56 €
GRUPO 2 26.675,62 € 39.401,13 €
GRUPO 3 22.001,71 € 32.478,58 €
GRUPO 4 21.002,90 € 31.023,15 €

*Quienes hayan quedado por debajo del salario mínimo de su grupo profesional con motivo de esta actualización, deben tener de manera inmediata una subida de su salario a ese mínimo.

 

INTERVENCIONES

Intervención semanal  Importe
h<4  102,07 €
≥4h<8h  175,55 €
≥8h<12h  251,76 €
≥12h<15h  381,06 €
>15h Horas 1:2

 

TRABAJOS PROGRAMADOS

Duración  Importe
h=<4  54,44 €
>4h=<6h  68,04 €
>6h  88,46 €

 

RELEASES

Duración Presencial Remoto
Laborable No laborable Laborable No laborable
h=<4  54,44 €  68,04 €  43,55 €  54,44 €
>4h=<6h  68,04 €  85,05 €  54,44 €  68,04 €
>6h 88,22 €  110,57 €  70,78 € 88,22 €

 

Disponibilidad áreas no técnicas:       156,49 €            Disponibilidad área técnica:      326,01

Retén:                                                  81,63 €         Activación de Retén:                          20,42 €

Plus Emergencia fin de semana:        93,14 €            Emergencia en Festivo:               46,60 €

Plus Emergencia activación:               18,80 €            Disponibilidad GRIET anual6.013,21 €

Rotación de Jornada:                         149,72 €        Rotación Supervisión:        212,53

Sáb., Dom. y Festivos:                         57,15 €        Disp. festivos área técnica:        136,09 €

Dic
20

CONVENIO COLECTIVO

Este viernes 20 de diciembre se ha celebrado la reunión para tratar sobre la posible constitución de una mesa con el fin de negociar un convenio colectivo en el conjunto de las empresas.

A dicha reunión estábamos convocados UGT, CCOO, FETICO, USO y ELA.

Además de la empresa, hemos asistido representantes de UGT, USO y FETICO, CCOO y ELA no se han presentado.

Dado que hay un juicio pendiente, y su sentencia puede determinar la posibilidad o no de dotarnos de un convenio único para el grupo laboral, UGT ha arrancado a la empresa unos compromisos por escrito de obligado cumplimiento:

  • La mesa del convenio queda constituida sin facultades hasta que se conozca la sentencia, en ese momento decidirán los jueces.
  • Es más, la fecha del 6 de febrero para una primera reunión se anulará si aún no ha habido sentencia, no habrá reuniones ni actividad hasta que no sepamos el marco jurídico.
  • A partir de esa sentencia sabremos si la mesa para el convenio es viable o no, porque ya no es una cuestión de opiniones, los jueces dictarán sentencia. Y será en ese momento cuando cualquier sindicato que tenga la representatividad requerida y no estuviera en la mesa, podrá sumarse. La mano está tendida en aras de la unidad.
  • Ningún sindicato por sí sólo podrá llegar a un acuerdo unilateral con la empresa.
  • Se garantiza la ultraactividad de los convenios hasta que se acuerde uno nuevo, sin perjuicio de los posibles acuerdos que puedan alcanzarse en cada empresa durante la negociación. Esto nos protege del arbitraje recogido en el Estatuto de los Trabajadores:

Este compromiso permite evitar que un laudo, un arbitraje, decida nuestras condiciones: mantendremos nuestros acuerdos hasta que se firme uno nuevo.

  • Y dicho acuerdo no será posible sólo con el voto de un sindicato.
  • Y el voto de UGT lo decidiréis vosotros y vosotras, estará supeditado a una votación previa de la plantilla, acreditada, avalada, secreta, confidencial, verificable, cuyo resultado sea público. Del escrutinio saldrá un resultado a favor o en contra que UGT respetará.
  • Para que UGT firme un posible acuerdo deben darse dos condiciones: que el resultado global de la votación sea favorable al acuerdo, y que el resultado tanto en grupo Orange como en grupo MásMóvil sea favorable al acuerdo.
  • Se garantiza la adopción de acuerdos durante la posible negociación para que, por ejemplo, la revisión salarial de Euskaltel o de RCable y TeleCable pueda materializarse.
  • El objetivo: mejorar los convenios y que todas y todos tengamos esas mismas condiciones.

En resumen:

  • Hasta que no haya sentencia, ni se reúne ninguna mesa ni se negocia nada.
  • Si la mesa para este convenio tiene respaldo jurídico todos los sindicatos con representatividad en el ámbito de la negociación podrán estar.
  • Ningún sindicato por sí sólo podrá acordar unilateralmente nada con la empresa.
  • Nuestras condiciones se garantizan hasta que haya un nuevo convenio, el cual sólo será posible si, en lo tocante al voto de UGT, vosotros decidís que firmemos.
  • Si damos este paso es porque la empresa denuncia convenios y promueve el convenio de grupo el 27 de noviembre, y el plazo es de 1 mes, y si no tenemos esta herramienta no podríamos, si así lo decidimos, dotarnos de un marco común para todos si así lo decidís con vuestro voto. Además, sólo será efectivo si se sostiene judicialmente.

Dic
13

UGT EXIGE QUE PAREN LOS DESPIDOS EN MASORANGE

DEL ANÁLISIS DE LOS DESPIDOS EJECUTADOS, CONSIDERAMOS QUE ES PERFECTAMENTE POSIBLE NO SEGUIR DESPIDIENDO.

LA EMPRESA NO SE HA COMPROMETIDO A ELLO, Y SIN EMBARGO SE LIMITA A COMUNICAR EL ESTADO DEL ERE, ALGO QUE YA CONOCEMOS.

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Lo que todos y todas esperábamos, al menos desde UGT, es que la empresa lanzara otro tipo de mensaje, algo que paliara en alguna medida, si es que fuera posible, la enorme desazón y decepción por la ejecución de los despidos.

Pero no ha sido así, y lo que tenemos es lo que han venido diciendo desde el principio: que la mayor parte del ERE lo querían ejecutar en la primera parte de diciembre.

No nos han pasado datos exactos y confirmados desde el día 10, parece que el lunes 16 nos los darán, y los compartiremos con todos y todas. Pero, por los despidos que hemos ido recopilando, quedarían aún unos 80 despidos pendientes en caso de que la empresa se obceque en querer llegar a la afectación máxima de 650.

Llevamos semanas trabajando, y lo vamos a seguir haciendo, para que la empresa no continue ejecutando el ERE. Hay a nuestro juicio razones organizativas que lo justificarían.

Mientras esperamos que la empresa recapacite sobre ello, no podemos dejar pasar por alto las formas en estos despidos, la falta de información clara, el envío de burofax …

Todo esto, el propio ERE, los despidos que se están produciendo, la comunicación de los mismos, etc… han creado un ambiente desmotivador.

Y con este ambiente nos convocan a una negociación de convenio. Es la empresa la que ha denunciado todos los convenios, por tanto, tendrán que ser ellos los que digan qué quieren para el nuevo convenio, qué proponen. Nosotros no contemplamos perder derechos, todo lo contrario, queremos las mejoras justas que nos permitan no sólo crecer, sino que se sumen el resto de compañeros y compañeras que no tienen nuestro convenio. Por ello venimos pidiendo desde el pasado 29 de noviembre unidad, y no tomar iniciativas excluyentes, pero no quieren. Y recordad:

OS DIREMOS SIEMPRE LA VERDAD, POR DURA QUE SEA. LO MÁS FÁCIL SERÍA DECIROS LO QUE QUERÉIS ESCUCHAR, PERO NO LO HAREMOS. NO TODO VALE.